TRATA Y TRAFICO DE PERSONAS

Victimas de Trata y Tráfico de Personas

El articulo 15 de la Constitución Política del Estado Plurinacional de Bolivia, dispone que ninguna persona podrá ser sometida a servidumbre ni esclavitud y que se prohíbe la trata y trafico de personas. El  Ministerio de Relaciones Exteriores constituye la entidad rectora de las relaciones internacionales del Estado Plurinacional que desarrolla la gestión de la política exterior para la defensa de su soberanía, la diplomacia de los pueblos por la vida, en beneficio de las y los bolivianos, y asimismo dispone a traves de la Ley No. 465 que los Cónsules Generales, Cónsules, Vice Cónsules y Agentes Consulares tienen, entre otras funciones, prestar apoyo, asistencia y protección a personas naturales bolivianas residentes en el exterior, principalmente, y de las personas jurídicas cuando corresponda. La Ley N° 263 establece en caso una víctima de Trata y Tráfico de Personas, y delitos conexos, sea de nacionalidad boliviana y se encuentre en territorio extranjero, el Ministerio de Relaciones Exteriores, las embajadas y los consulados bajo su dependencia, propiciarán su repatriación voluntaria, caso contrario gestionara la cooperación del Estado de residencia o permanencia, garantizando sus derechos humanos.

El Consulado General del Estado Plurinacional de Bolivia en Washington D.C., a partir del Protocolo de Repatriacion de Victimas de Trata y Trafico de Personas de Nacionalidad Boliviana en el Exterior.

Si usted es pariente o conocido de una persona víctima de trata y tráfico de personas por favor envienos al correo electronico Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo. o presentese al consulado mas cercano con la siguiente información para que podamos colaborarlo:

  1. Carta o correo electrónico con la siguiente información:
    • Nombre complete de la Victima de Trata y Trafico de Personas
    • Dirección completa del incidente y en donde actualmente se encuentra la victima (nombre de la institución)
    • Nombres y teléfonos de familiares que actualmente se encuentran en territorio de Estados Unidos.
    • Nombres y teléfonos de familiares en Bolivia.
    • Breve descripción del incidente
  2. Información  de teléfonos y nombres de las instituciones publicas (Migración de Estados Unidos, Policia, etc.) involucrados.
  3. Documento de identidad boliviano original o fotocopia de la victima

Un representante del Consulado General del Estado Plurinacional de Bolivia en Washington D.C. tomara inmediatamente contacto que usted y acompañara y realizara el seguimiento de su caso, con respaldo y apoyo del Ministerio de Justicia a traves del Ministerio de Relaciones Exteriores.

 Información Importante sobre Trata y trafico de personas:

CONSEJO PLURINACIONAL CONTRA LA TRATA Y TRÁFICO DE PERSONAS http://vjdf.justicia.gob.bo/index.php?r=pagina/view&id=5

PLAN NACIONAL DE LUCHA CONTRA LA TRATA Y TRAFICO DE PERSONAS http://vjdf.justicia.gob.bo/images/cargados/files/plan-trata.pdf 

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